Sanciones

UN PARTIDO DE SUSPENSIÓN POR ACUMULACIÓN DE CINCO AMONESTACIONES Y MULTA DE 9 € -
Artículo 56.1
Alejandro Fernández González (Punta Umbría) Luis M. Castillo Brissón (Rota)
Juan J. Torrejón Quintana (San Fernando) Aarón Pruaño Puyana (Roteña)
Moisés Coronil López (Roteña) José J. Carvajal Romero (Cortegana)
Noé Carrillo Manzanares (Olont) Juan F. Rosillo Meseguer (Xerez)
Juan J. Archidona López (Arcos)
Hoja -2-
1ª DIVISIÓN ANDALUZA SÉNIOR – grupo 1º (Huelva-Cádiz) Acta nº 18
UN PARTIDO DE SUSPENSIÓN POR EXPULSIÓN DEL TERRENO DE JUEGO COMO CONSECUENCIA DE
DOS AMONESTACIONES Y MULTA DE 9 € - Artículo 56.4
Salvador Benítez García (San Roque) Pedro González Costa (San Roque)
DEL. Francisco Gil Moreno (San Roque) José C. Moreno Rojo (Chiclana)
Ismael Iglesias Palacios (Punta Umbría)
UN PARTIDO DE SUSPENSIÓN POR INFRACCIÓN DE LAS REGLAS DE JUEGO DETERMINANTE DE
EXPULSIÓN Y MULTA DE 9 € - Artículo 56.5
José A. Reales Harana (Rota)
∗ ∗ ∗ ∗
Suspender por 1 partido y multa de 9 € al entrenador ALFONSO COLLADO CÓZAR (San Roque) por
menospreciar la autoridad del árbitro, (Art. 36.1)
Suspender por 1 partido y multa de 9 € al entrenador JOSÉ A. CLEMENTE RODRÍGUEZ (Olont) por
menospreciar la autoridad del árbitro, (Art. 36.1)
Inhabilitar por 7 días y multa de 9 € al delegado MIGUEL ALBERTO DIEGUEZ (Valverdeña) por menospreciar
la autoridad del árbitro, (Art. 44.1)
Suspender por 2 partidos y multa de 18 € al jugador JOSÉ C. MORENO ROJO (Chiclana); 1 por menospreciar la
autoridad del árbitro, tras ser expulsado por doble amonestación, (Art. 36.1) y 1 por menospreciar la autoridad de
un árbitro asistente, cuando se retiraba a los vestuarios, (Art. 36.1
Suspender por 1 partido y multa de 9 € al entrenador JOSÉ LUIS PEÑA GIL (Isla Cristina) por menospreciar la
autoridad del árbitro, (Art. 36.1)
Suspender por 1 partidos y multa de 9 € al jugador SERGIO BEATO BENÍTEZ (San Fernando) por producirse
violentamente con un jugador contrario, (Art. 39.3.1)
Vistas las alegaciones formuladas CD. Rota, en las que solicita sea anulada la amonestación mostrada a su jugador
Luis Castillo Brissón, por haberse equivocado el árbitro de persona, ya que el jugador que comete la falta es Juan
R. Anta Deigham……, éste Comité acuerda:
DESESTIMAR dichas alegaciones, ya que visionadas las imágenes aportadas por el club recurrente, de las mismas
no se aprecia error manifiesto en la decisión del árbitro, no desvirtuándose el contenido del acta arbitral, que goza
de presunción de veracidad, (Art. 83.2)

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